La DGT confirma que las motos podrán circular por el arcén, pero no en 2024

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La DGT confirma que las motos podrán circular por el arcén, pero no en 2024
Daniel Navarro
Daniel Navarro
La DGT pone en marcha una modificación del Reglamento General de Circulación que, por fin, recogerá la circulación por el arcén, una medida muy solicitada por los usuarios de motos.

Circular por el arcén en moto, actualmente prohibido en cualquier circunstancia, estará permitido dentro de unos meses. Según la propia Dirección General de Tráfico (DGT), “en la próxima modificación del Reglamento de Circulación sí se incluirá la medida que permita a los motos en caso de retención, circular por el arcén de la derecha, pero sujeto a una serie de condiciones”.

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La lógica se impone. Que las motos puedan circular por el arcén permite un tráfico más fluido, además de aprovechar las ventajas que su ligereza le otorga por naturaleza. Sin embargo, y como bien es sabido, hasta ahora está prohibido. Y no lo dejará de estar hasta que la norma se modifique oficialmente: “a día de hoy las motos NO pueden circular por el arcén. Cuando la modificación del Reglamento se lleve a cabo, la Dirección General de Tráfico informará por todos sus canales de dicha medida”, nos indican en la DGT.

Hasta entonces, en la actualidad circular por el arcén se considera una infracción grave y te puede costar una multa de hasta 200 euros. Hace ya algunos años que desde la DGT se rumorea que se acabaría autorizando, con condiciones, esta práctica habitual. Ahora ya hay fecha.

Será en 2025 cuando sea legal rodar por el arcén, según la DGT

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La DGT está trabajando en la modificación del Reglamente General de Circulación (RGC). Una modificación que lógicamente lleva una serie de trámites que deberán superarse antes de que entre en vigor. Pero según anuncia la propia DGT prevén que este reglamento modificado se apruebe mediante Real Decreto -un procedimiento más rápido- y pueda aplicarse a partir de 2025.

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A partir de ese momento de entrada en vigor la nueva ley permitirá rodar por el arcén en caso de atasco siempre que no sobrepases los 30 km/h y respetes la prioridad de los vehículos que obligatoriamente tienen que circular por ese arcén, básicamente, las bicicletas.

Otras modificaciones en el Reglamento que te afectan

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Pero no solo será la introducción de esta autorización para usar los arcenes las novedades que traerá esta modificación legal. El nuevo reglamento permitirá el uso del arcén también a grúas y otros vehículos prioritarios, y quiere regular y extender el «pasillo de emergencias»: en caso de una retención, los coches deben, directamente, apartarse hacia los lados de su carril respectivo, dejando en el centro un pasillo libre para el paso de vehículos de emergencias.

Este comportamiento debería «automatizarse» en el momento que haya atasco y no como actualmente, en el que ese pasillo se abre cuando se acerca la ambulancia, los bomberos o la policía a atender un siniestro.

Y aunque no se ha confirmado también hay rumores de que se aprovechará esta reforma del reglamento para atender otra demanda histórica de la moto y que lleva meses en un limbo legal práctico. Nos referimos al uso de intercomunicadores, lo que actualmente sigue bajo un criterio ambiguo y por lo que te pueden multar.