Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Móstoles: a qué calles afecta y cuáles son las motos con restricciones

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Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Móstoles: a qué calles afecta y cuáles son las motos con restricciones
Nicolás Merino
Nicolás Merino
La ciudad madrileña de Móstoles ya ultima su Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con restricciones de acceso y circulación para los coches contaminantes.

El Ayuntamiento de Móstoles ya ha aprobado la Ordenanza de Tráfico que va a regular la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de este municipio madrileño. Sistemas de control para los accesos, sanciones, delimitación de la ZBE… entre otros aspectos, es lo que regula esta normativa.  De esta forma, Móstoles cumplirá con la normativa que establece la Ley del Cambio Climático y Transición Energética.

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Y es que Móstoles es una de las 149 ciudades de más de 50.000 habitantes que tiene obligación de crear una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con restricciones al tráfico. Una norma en la que también se incluyen los territorios insulares y aquellos municipios con más de 20.000 habitantes que superen los niveles de contaminación permitidos.

En qué calles está la ZBE de Móstoles

La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Móstoles queda delimitada por el ‘Área 20’, que está situada en la almendra central de la ciudad, y cuenta con restricciones de movilidad desde 2013, año en el que fue creada.

Así, la ZBE Área 20 afecta al anillo interior que forman las siguientes calles: calle del Cristo, calle Juan XXIII, calle Reyes Católicos, calle
Independencia, calle Ricardo Medem y calle Andrés Torrejón.
Aunque el Ayuntamiento de Móstoles asegura que podrá ampliar esta Zona de Bajas Emisiones; estableciendo restricciones de horarios en las zonas escolares, por ejemplo.

ZBE de Móstoles

Por lo tanto, Móstoles va a aprovechar esta zona denominada Área 20, donde la velocidad máxima para tráfico es de 20 km/h, que está restringida a vehículos autorizados o de residentes y en la que se da prioridad a peatones y bicicletas. Además, en la actualidad, Móstoles también cuenta con un Área 30: una zona circundante al Área 20, con una velocidad máxima limitada a 30 km/h y en la que pueden circular los vehículos privados y de transporte público, que conviven con peatones y bicicletas.

Qué motos no pueden entrar en la ZBE de Móstoles

La Zona de Bajas Emisiones Área 20 de Móstoles contará con señalización fija que permitirá delimitarla e identificarla con facilidad a los conductores. Así mismo, dispondrá de medios para controlar los accesos como es el caso de las cámaras con lector de matrícula, o de los propios agentes de policía.

Por las calles que componen el perímetro de la ZBE de Móstoles Área 20 sí se permite la libre circulación de vehículos. Sin embargo, está prohibido el acceso al interior del Área 20, salvo los siguientes vehículos que establece la Ordenanza de Tráfico de Móstoles como excepciones:

  • Las bicicletas, otros ciclos y los vehículos de movilidad urbana (VMU).
  • Los vehículos de los que dispongan las personas empadronadas en el Área 20 en propiedad, usufructo, renting, leasing, retribución en especie o como vehículo de sustitución y de otras personas invitadas por estas.
  • Los vehículos con etiqueta CERO EMISIONES, ECO, B y C podrán acceder para estacionar en un aparcamiento de uso público o privado, o reserva de estacionamiento en el interior del Área 20.
  • Vehículos destinados al traslado de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Los vehículos, debidamente rotulados e identificados, de los servicios públicos esenciales, incluyendo los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Municipal, extinción de incendios, protección civil y salvamento, ambulancias, otros servicios de emergencias y grúa municipal.
  • Vehículos rotulados e identificados de las Administraciones Públicas o sus contratistas que presten servicios públicos básicos como limpieza, retirada de residuos, mantenimiento y conservación de vías públicas, zonas verdes, instalaciones y patrimonio municipal y otros.
  • Los vehículos que presten servicios de urgencias en la vía pública sobre suministro de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones y de sus contratistas que realicen obras en la vía pública.
  • Vehículos autotaxi con distintivo ambiental.
  • Los vehículos de arrendamiento con conductor con distintivo ambiental con servicio previamente contratado con origen o destino en el Área 20.
  • Motocicletas, ciclomotores y triciclos asimilables a motocicletas con distintivo ambiental, en el horario que establezca el Ayuntamiento.
  • Vehículos, excluidos turismos y motocicletas, de empresas y de profesionales que presten servicios o entreguen o recojan suministros en el Área 20.
  • Los vehículos que indiquen los propietarios de plazas de garajes particulares situadas en el interior del área.
  • Los vehículos de titulares de plazas de Aparcamiento para Residentes en el interior del Área 20.
  • Vehículos con distintivo ambiental de autoescuelas ubicadas en la ZBE.
  • Los vehículos que accedan a los talleres ubicados en el Área 20.
  • Vehículos para actos en la vía pública y ocupaciones cuyo acceso autorice el órgano competente.
Infografía nueva Ley de Tráfico 2022

Cuál es la multa por acceder a la ZBE de Móstoles sin permiso

En lo que se refiere a la multa por acceder a la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Móstoles con un vehículo que tiene restringida la entrada, la sanción será de 200 euros, tal y como establece la reforma de la Ley de Tráfico que entró en vigor el 21 de marzo de 2022.