¿Cuál es la multa por saltarse las restricciones de movilidad en Semana Santa?

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¿Cuál es la multa por saltarse las restricciones de movilidad en Semana Santa?
Javier Jimenez
Javier Jimenez

Con el fin de evitar un nuevo repunte de contagios que nos lleve hasta la temida cuarta ola, Sanidad y las comunidades autónomas han decidido establecer un nuevo cierre perimetral de cara a las próximas vacaciones de Semana Santa. Las multas por hacer caso omiso a esta decisión varían en función de cada autonomía.


A pesar de que sí se permite la entrada de turistas extranjeros a nuestro país, las diferentes CCAA han establecido un nuevo cierre perimetral durante las vacaciones de Semana Santa para evitar desplazamientos innecesarios que puedan suponer un nuevo aumento en el número de casos positivos por coronavirus. Salvo la Comunidad de Madrid, que se ha negado a aceptar el acuerdo, el resto de autonomías mantendrán las restricciones de movilidad hasta el próximo 9 de abril.

Como hasta la fecha, cualquier desplazamiento que implique salir de una comunidad necesita estar debidamente justificado. Principalmente, estas causas están relacionadas con motivos laborales, académicos, médicos o por el cuidado de personas dependientes. En el caso de no ser así, las autoridades pueden proponer a los infractores importantes sanciones económicas que varían en función de cada zona.

  • En el caso de Andalucía, su gobierno ya anunció que, según regula el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, las multas por infracciones leves van desde los 100 hasta 3.000 euros y las graves entre los 3.001 y hasta los 60.000 euros. Las infracciones muy graves serán sancionadas con hasta 600.000 euros.
  • En el caso de Aragón, tal y como recoge su Boletín Oficial, la multa por saltarse el cierre perimetral, así como la limitación de circulación de personas en horario nocturno tras el toque de queda, es de 300 euros.
  • Al estar considerada como una infracción leve, la sanción mínima por saltarse el cierre perimetral en Asturias es de 601 euros. La multa más cuantiosa alcanza los 1.500 euros.
  • Cantabria se rige por la misma normativa que Andalucía. En este sentido, dependiendo de la gravedad de la infracción, las multas van de los 100 a los 600.000 euros. Lo mismo sucede en Castilla y León y Castilla-La Mancha.
  • En Cataluña, la Generalitat establece que las infracciones catalogadas como leves serán castigadas con multas de hasta 3.000 euros, mientras que las graves y las muy graves llegarían a los 60.000 y a los 600.000 euros, respectivamente.
  • En Galicia, tras la aprobación de la Xunta de la modificación de la Ley de salud gallega, las sanciones por infringir las medidas contra el coronavirus varían entre los 1.000 y los 600.000 euros. Las infracciones leves están penadas con multas de entre 1.000 y 3.000 euros, las graves suponen multas de entre 3.001 y 60.000 euros y, las muy graves, aumentan oscilan entre los 60.001 y los 600.000 euros.
  • En el caso de la Comunidad Valenciana, el Decreto-ley 11/2020, de 24 de julio, del Consell, sobre el régimen sancionador para las medidas de la Covid-19 establece multas que van desde los 60 a los 600 euros en casos leves, mientras que los casos graves van desde los 601 euros a los 30.000 euros y, acumulativamente, hasta 300.000 euros. Las muy graves oscilan entre 30.001 y 60.000 euros y, acumulativamente, hasta 600.000 euros.
  • En Extremadura, la multa por saltarse el cierre perimetral en Semana Santa va desde los 100 a los 600 euros. En La Rioja, se impondrán multas de hasta 3.000 euros, aunque en el caso de tratarse de una infracción muy grave, la multa puede alcanzar los 600.000 euros. En la Región de Murcia, las sanciones son de hasta 3.000 euros para aquellos que se salten los cierres perimetrales.
  • Por último, en Navarra, según recoge el Decreto-ley Foral 9/2020, de 16 de septiembre, las multas por hacer caso omiso a las medidas de contención de la COVID-19 oscilan entre los 100 y los 600.000 euros, dependiendo de si son infracciones leves, graves o muy graves.