¿Qué tengo que hacer para cambiar la titularidad de la moto en caso de separación o divorcio?

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¿Qué tengo que hacer para cambiar la titularidad de la moto en caso de separación o divorcio?
Cristina Muñoz
Cristina Muñoz
Cuando hay una separación o divorcio, y la moto pertenece a la pareja, debemos cambiar su titularidad; un trámite que la DGT incorpora dentro de las situaciones especiales.

En las separaciones o divorcios, cuando hay un vehículo a nombre de la pareja ambos pueden llegar a un acuerdo respecto a quién se queda con la moto (en el caso de que sea de los dos) o que sea el juez quien decida. Una vez se establezca qué miembro de la pareja se va a quedar el vehículo, hay que realizar el cambio de titularidad del mismo.

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Para cambiar la titularidad de la moto debes presentar los siguientes documentos, tal y como establece la Dirección General de Tráfico (DGT):

  • Debes entregar un documento acreditativo del acuerdo de la ruptura, separación o divorcio en el que se incluyan los datos del vehículo que cambia de titular. Se trata de lo que se denomina sentencia judicial o convenio regulador.
  • Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (IPT), modelo 620 o modelo 621 según corresponda, en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal. En casi todas las Comunidades Autónomas se puede hacer a través de Internet.
  • Realizar la transferencia del vehículo.

Así se cambia la titularidad de una moto tras un divorcio

El cambio de titularidad de un vehículo puede hacerse tanto de forma presencial como a través de Internet. Te explicamos cómo realizarlo en cada caso:

1.- De forma presencial, entregando la documentación en alguna Jefatura de Tráfico. Recuerda que tienes que pedir cita precia por Internet o llamando al 060.

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2.- Por Internet: presenta tu solicitud en el Registro Electrónico Común de la AGE; accediendo desde el icono ‘Cambio de titularidad – Casos excepcionales’. Los pasos que tendrás que seguir son los siguientes:

  • Comprar y descargar el justificante de la tasa 1.5 cuyo coste es de 55,7 euros.
  • Completar los datos de tu solicitud en el Registro Electrónico: seleccionando como ‘Organismo destinatario’ la Jefatura de Tráfico más cercana a tu domicilio; añadiendo en el ‘Asunto’ el texto ‘Transferencia de vehículo y la matrícula del mismo’; y pulsar sobre ‘Anadir documento’ para en ‘Documento anexos’ adjuntar toda la documentación.
  • Registrar tu solicitud y conservar el justificante de la misma
  • Una vez recibida y tramitada tu solicitud te informaremos de la resolución de la misma.

No olvides que es necesario que tengas DNI electrónico o certificado electrónico, o tus credenciales de cl@ve para poder acceder al Registro Electrónico. Además, debes disponer de firma electrónica y descargarte el programa AutoFirma.

Recuerda que para aquellos vehículos que proceden de Canarias, Ceuta y Melilla con destino península y Baleares, también hay que hacer la anotación de la importación y se deberá abonar el coste del trámite que asciende a 8,67 euros.

¿Qué documentación tengo que entregar?

Además de la documentación que antes hemos mencionado, como son el justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el documento acreditativo del acuerdo, mutuo o contencioso de la ruptura, separación o divorcio (por ejemplo, la sentencia judicial, el convenio regulador, etc.), también tienes que entregar:

  • El impreso de Solicitud de Cambio de Titularidad; si lo haces a través de Internet completarás los datos de este impreso en el Registro Electrónico.
  • El justificante del pago de la tasa de la Jefatura de Tráfico para hacer el cambio de titularidad.
  • El DNI de ambos miembros de la pareja.