Plan MOVES III: cómo beneficiarte de las ayudas a la compra de motos eléctricas en 2021

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Plan MOVES III: cómo beneficiarte de las ayudas a la compra de motos eléctricas en 2021
Nicolás Merino
Nicolás Merino

El nuevo Plan MOVES III cuenta con ayudas a la compra de motos eléctricas de hasta 1.300 euros. Te contamos todos los requisitos que necesitas para poder obtener dichas ayudas.


El Plan MOVES III es el último plan de ayuda a la compra de vehículos eléctricos propuesto por el Gobierno y también el más ambicioso hasta la fecha. Y es que prevé una partida de 400 millones de euros, los cuales se pueden ampliar hasta los 800 millones si la ocasión lo requiere.

Así, dicho plan contempla ayudas de hasta 7.000 euros por la compra de coches eléctricos si de decides achatarrar un coche de más de siete años. Por el contrario, si no quieres deshacerte de tu antiguo coche obtendrás una ayuda de 4.500 euros. En el caso de las motos, la cuantía máxima es de 1.300 euros si achatarras tu moto de más de siete años, cifra que se reduce a 1.100 euros en el caso de no achatarrar.

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Además, la cuantía de las ayudas a la compra se pueden incrementar en un 10% si estás empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes, si el vehículo es para transportar a una persona discapacitada o si está destinado a taxi o VTC. Dicho esto, la ayuda podría elevarse a 1.430 euros en este caso (1.230 euros para quien no achatarre).

¿Qué motos se pueden acoger al Plan MOVES III?

Se acogen a dicho plan las motocicletas y triciclos eléctricos L3e, L4e y L5e. Esto es, todos los vehículos con dos o tres ruedas de más de 50cc o una velocidad superior a 45 km/h y cuyo peso bruto no supere los 1.000 kg. Sin embargo, los ciclomotores eléctricos se quedan fuera y pese a que su oferta no para de crecer, especialmente en los servicios de motosharing.

Como requisitos indispensables, es necesario que las motos estén impulsadas de manera exclusiva por motores eléctricos cuya potencia sea superior a 3 kW (4,08 CV) y que cuenten con una autonomía igual o mayor a 70 km. Eso sí, sólo obtendrán ayudas las motos cuyo precio no supere los 12.100 euros.

También debes saber que estas ayudas se tienen que incluir en la próxima declaración de la renta. Ten en cuenta que, al constituir una ganancia patrimonial, se debe incluir en la base imponible general del IRPF, tributando en función de los ingresos y de la situación personal y familiar de cada contribuyente. Por otro lado, los descuentos realizados directamente por el fabricante, concesionario o punto de venta del vehículo en cuestión no tributan por este impuesto.