Navidad 2024: A qué conductores afecta la tasa de alcoholemia de 0,0 g/l

Navidad 2024: A qué conductores afecta la tasa de alcoholemia de 0,0 g/l
Cristina Muñoz
En 2022, la Dirección General de Tráfico (DGT) incorporó la tasa de alcoholemia de 0,0 g/l en la reforma de la Ley de Tráfico. ¿A qué conductores afecta?

Con la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que entró en vigor el 21 de marzo de 2022, la Dirección General de Tráfico (DGT) introdujo cambios que tienen que ver con la tasa de alcoholemia permitida a los conductores. ¿La mayor novedad? Que por primera vez aparece la cifra de 0,0 gramos de alcohol por cada litro de sangre.

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La tasa de alcoholemia representa el volumen de alcohol que hay en la sangre y se mide en gramos de alcohol por cada litro de sangre (g/l) o su equivalente en aire espirado (mg/l).

La DGT dispone de unas tasas de alcoholemia máximas permitidas para los conductores, que varían según ciertos criterios: existe una general y otra para los noveles y profesionales. Sin embargo, con la reforma de la Ley de Tráfico se añadió una tasa más que afecta a los conductores menores de edad.

Cuál es la tasa de alcoholemia

En la siguiente tabla te mostramos todas las tasas de alcoholemia permitidas para los conductores en España:

Tipo de conductorTasa de alcohol en sangreTasa de alcohol en aire espirado
General0,5 g/l0,25 mg/l
Noveles y profesionales0,3 g/l0,15 mg/l
Menores de edad que conduzcan cualquier tipo de vehículo
(ciclomotores, patinetes o bicicletas)
0,0 g/l 0,0 mg/l

La novedad que se ha añadido con la reforma de la Ley de Tráfico es que los menores de edad que conduzcan cualquier tipo de vehículo (ciclomotores, patinetes o bicicletas) tienen prohibido el consumo de alcohol, por lo que en estos casos la tasa máxima permitida es de 0,0 g/l.

Si dan positivo en un control de alcoholemia las multas serán las mismas que se aplican para los conductores de vehículos a motor; aunque no tendrán retirada de puntos del carnet.

Las multas por superar la tasa de 0,0 g/l

Las multas por superar la tasa de alcoholemia de 0,0 g/l por parte de los conductores menores de edad pueden ser de 500 ó 1.000 euros en función de la tasa; y si los agentes detectan presencia de drogas en su organismo la sanción es de 1.000 euros.

Además, cuando un conductor da positivo en alcohol o drogas se inmoviliza el vehículo. En caso de que el conductor menor de edad se niegue a someterse a las pruebas de alcoholemia, la multa es de 1.000 euros.

Las multas por alcohol y drogas para el resto de conductores

  • Tasa de alcohol en aire espirado de entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l (entre 0,15 y 0,30 mg/l para noveles y profesionales): 500 euros y 4 puntos en el carnet de conducir. Si el conductor es reincidente, la multa será de 1.000 euros.
  • Tasa de alcohol en aire espirado de más de 0,50 mg/l (0,30 mg/l para noveles y profesionales): 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos.
  • Si se supera la tasa de alcoholemia de 0,60 mg/l en aire espirado: La infracción administrativa pasa a considerarse un delito contra la seguridad vial castigado con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además, se perderá el carnet de conducir durante entre uno y cuatro años.

También se considera una infracción muy grave, el negarse a someterse a un control de alcoholemia y se establecen penas de prisión de seis meses a un año, y la retirada del carnet de conducir de uno a cuatro años.

En lo que respecta al consumo de drogas al volante, la multa por dar positivo en un control de drogas es de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir.

Aunque, si se conduce bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, el conductor se enfrenta a un delito castigado con una pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además de la retirada del carnet de conducir por un periodo que puede ir desde uno hasta cuatro años.

 

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