Podría tener incluso responsabilidades penales

Los errores de Esperanza Aguirre o qué no hacer si te para un agente de la autoridad

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Los errores de Esperanza Aguirre o qué no hacer si te para un agente de la autoridad
Fórmula Moto
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Desde que se conociera el incidente de Tráfico protagonizado por Esperanza Aguirre, en los medios y en las redes sociales ha sido el asunto de moda. Parece claro que la ex presidenta de la Comunidad de Madrid no ha estado muy afortunada en su comportamiento, pero ¿cuáles han sido los principales errores cometidos por Aguirre y cómo debería haber actuado?


Las redes sociales comenzaron a echar humo desde que, a eso de las cinco y media de la tarde, saltara a los medios la noticia de que Esperanza Aguirre se había dado a la fuga cuando unos agentes de movilidad la estaban denunciando por estacionar en un carril bus y se había llevado por delante la moto de uno de los agentes. A los iniciales mensajes de sorpresa, incredulidad, indignación y los ingeniosos y mordaces comentarios y montajes fotográficos de otro buen número de usuarios, sucedió la habitual ronda de conciliábulos que a modo de programa informativo con tertulia se producen en la mayoría de cadenas de radio nacionales, así como en no pocos canales de televisión. En estas tertulias se vertieron opiniones de todo tipo y, en muchos de estos programas, se pudo contar con la participación de la mismísima Esperanza Aguirre, que, no obstante, antes ya había publicado en su blog personal el siguiente comunicado dando su versión de los sucedido:

La explicación de los hechos de Esperanza Aguirre en su blog.
Lo que ha sucedido esta tarde en Madrid
Sobre los hechos sucedidos esta tarde en Madrid, cuando he estacionado mi coche para sacar dinero de un cajero, quisiera aclarar los siguientes puntos.

  1. En ningún momento he arrollado a nadie y mucho menos me he dado a la fuga.

  2. He dejado mi coche, con las luces de emergencia encendidas, en el carril Bus de Gran Vía para sacar dinero de un cajero. Una operación que apenas me ha llevado un minuto y por la que he sido sancionada. He pedido disculpas por ello.

  3. He presentado mi documentación a los agentes de movilidad, quienes sin motivo alguno, querían que siguiera allí parada cuando ya habían transcurrido 15 minutos. En ese momento he decidido marcharme y he comunicado a los agentes que podrían localizarme en mi domicilio para cualquier cosa.

  4. No he arrollado a nadie. He arrancado mi coche y al salir he rozado la moto de un agente y la he tirado al suelo.

  5. Poco tiempo después, 7 agentes se han presentado en mi casa. Lo único que querían era una foto.

  6. La Guardia Civil es testigo de lo que aquí cuento.

Lamento mucho lo sucedido.
Esperanza Aguirre.

¿A qué posibles sanciones se enfrenta Esperanza Aguirre?

Desde Autofacil.es hemos querido contar con una opinión cualificada que pueda arrojar luz acerca de este asunto y aclarar aquellas cuestiones que parecen más polémicas. Para ello, hemos recurrido a Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados.

El primer punto que cabe destacar y el primer error que comete Esperanza Aguirre es, por supuesto, estacionar el vehículo en un carril Bus, por más que intente matizar que «fue poco más de un minuto». La normativa vigente distingue entre estacionamiento y detención. La detención implica una inmovilización del vehículo por un tiempo no superior a dos minutos. Pero en el momento en que el conductor abandona el vehículo, esta detención pasa a considerarse estacionamiento.

En cualquier caso, tanto la detención como el estacionamiento en un carril destinado al uso exclusivo del transporte público urbano –carril BUS– está sancionado con una multa de 200 euros –100 euros con reducción–, que tendrá que abonar Aguirre.

En la ronda de comparecencias que realizó Aguirre por diferentes medios indicó que una de las razones que le llevó a abandonar el lugar de los hechos antes de que el agente le diera su permiso para continuar la marcha fue que ya habían transcurrido 15 o 20 minutos. Un tiempo que ella estimaba muy superior al necesario para realizar el trámite. Desde AEA, Mario Arnaldo, apunta que la identificación de una sanción por estacionamiento en un carril bus no está justificada, si ya se cuenta con la matrícula del vehículo infractor. Más aún cuando «el 90% de las sanciones que se imponen en Madrid por este motivo no se notifican al conductor en el momento, sino que se realizan mediante un vehículo equipado con una cámara fotográfica –el conocido popularmente como ‘fotomultón’–», apunta Arnaldo.

1 1También hay que recordar que no estamos obligados a firmar ni a recibir la multa y siempre tendremos la oportunidad de recurrir la sanción y, si consideramos que la actuación del agente no se ha ajustado a la ley, podemos presentar las denuncias correspondiente ante las instancias competentes a tales efectos.

En ningún lugar se especifica que haya un tiempo máximo para formalizar una denuncia, aunque una demora excesiva contraviene el criterio de no obstaculizar la circulación y la barrera en la actuación de los agentes, según Arnaldo, debe estar en el abuso de autoridad. Una cuestión que deben dictaminar un juez con posterioridad. En este sentido, Arnaldo señala que en AEA cada vez reciben «más quejas de automovilistas acerca de la actuación de agentes de la autoridad –principalmente policías municipales y agentes de movilidad– respecto a retenciones sin razón aparente o de forma arbitraria».

Ante la consideración jurídica de los Agentes de Movilidad, cabe señalar que estos tienen la consideración de Agentes de la Autoridad con funciones limitadas a la regulación del Tráfico. Es decir, no pueden llevar armas, ni actuar en otros ámbitos, pero en el ejercicio de sus funciones –las relativas al tráfico– cuentan con la consideración de agentes de la autoridad. En otras palabras, serían como un policía municipal. Por tanto, haber abandonado el lugar de los hechos sin la autorización explícita del agente, puede constituir una infracción administrativa o, si se sustancia por vía penal, una falta o delito de desobediencia a la autoridad.

Desobediencia a la autoridad

De considerarse una infracción administrativa por desobedecer las indicaciones de los agentes, se enfrentaría a una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del permiso de conducir. Pero, al presentar los agentes de movilidad la denuncia ante la Policía Nacional, estos hechos deberán resolverse por vía penal y, en función de las pruebas aportadas por cada una de las partes, el juicio se puede saldar de dos formas:

  • Falta de desobediencia leve, recogida en el artículo 634 del Código Penal: Conllevaría una multa de entre 20 y 2.400 euros, que se aplicaría en función de la capacidad económica del infractor.

  • Delito de desobediencia grave, recogido en el artículo 556 del Código Penal. Conllevaría una pena de 6 meses a un año de prisión.

En lo relativo a la posterior persecución que protagonizaron los agentes hasta el domicilio de Aguirre, Arnaldo señala que tampoco la considera justificada, «puesto que, además de suponer un cierto riesgo para la seguridad del tráfico, no era necesario para resolver el asunto de los daños causados en la moto derribada por la ex presidenta de la Comunidad de Madrid con su coche. Dado que los agentes contaban con la matrícula del automóvil podían haber obtenido los datos relativos al seguro del vehículos mediante la consulta al FIVA –Fichero de Identificación de Vehículos Asegurados– o, en caso de no estar asegurado, reclamar los daños al Consorcio de Compensación de Seguros».

Otra cuestión sería si en el incidente se hubieran producido lesiones. En ese caso, además de otras responsabilidades, se le podría imputar un delito de omisión del deber de socorro que está castigado con penas de prisión que van de 6 meses a 4 años.

Para finalizar, Automovilistas Europeos Asociados desaprueba la actuación de Aguirre y recomienda, acatar y cumplir las instrucciones de los agentes en todo momento y conservar la calma, por más que estemos en desacuerdo con la decisión de los agentes; tal como señalábamos en nuestro artículo Si te para un agente de la autoridad: ¿Cuáles son tus derechos? (y en su segunda parte, también).