El estado de alarma por el coronavitus que permanece en toda España permite una serie de situaciones en las que sí podrás coger la moto o el ciclomotor. No obstante, ¿sabes si el seguro te respalda en totalmente?
Con la entrada en vigor del estado de alarma decretado por el Gobierno por motivo del coronavirus, se han limitado las situaciones en las que los ciudadanos podemos salir a la calle y, asimismo, circular. En concreto, y tal y como cita el BOE (puedes leer el decreto aquí) las situaciones en las que se permite la salidas a las vías de acceso público son estas:
1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
Asimismo, el apartado dos del citado artículo 7 establece que, además, "se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio".
Pero, ¿qué ocurre si conduces tu motopara cualquier otro propósito distinto de los anteriores? Pues que, te arriesgarás a una posible sanción de hasta 30.000 euros y un año de prisión. Eso sí, al menos el seguro de tu moto, tanto a terceros como en el resto de garantías, "mantendrá sus protecciones con total normalidad a pesar de que el Gobierno haya decretado el Estado de Alarma" tal y como nos ha ha confirmado la Asociación Empresarial del Seguro, Unespa.