El ejemplo de Madrid, Barcelona y otras ciudades

Cómo aparcar la moto en la ciudad

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Aparcamiento motos
Daniel Navarro
Daniel Navarro
La nueva ordenanza de circulación de Madrid ha disparado el tema. En una de las ciudades españolas con más tráfico y más compleja a la hora de moverte, esta nueva ordenanza que limita el tráfico en la llamada "almendra central" también marca nuevas normas para aparcar la moto, más estrictas. Te explicamos cómo hacerlo ahora, también en otras grandes ciudades de nuestro país.


Para muchos de nosotros, estas nuevas normas serán una molestia, ya que limitan el uso de la moto tal y como veníamos haciéndolo hasta ahora. Pero seamos sensatos: ciudades como Madrid, Barcelona, San Sebastian, Málaga o Valencia necesitan establecer normas claras y bien pensadas sobre cómo aparcar las motos. Hay zonas, reconozcámoslo, que se han convertido en verdaderos laberintos para los peatones a fuerza de inundar con motos las aceras o zonas que, en principio, no eran para aparcar.

Además, es muy probable que te pase como a mí, que suelo ser cuidadoso con dónde aparco y no quiero quitar la plaza a un coche ni tampoco entorpecer el paso de personas con movilidad reducida. Por supuesto, no quiero que mi moto aparezca en el suelo porque algo o alguien la ha golpeado y la ha tirado. Y sí, hay veces que no es fácil cumplir con todos esos condicionantes, pero también ves motos aparcadas ocupando la plaza entera de un coche, tapando la entrada de la parada del bus o pegada a la puerta de un coche en la acera. Y algo más común, como pegada a un muro. ¿No sabes que los ciegos suelen caminar pegados a los muros para poder tocarlos con el bastón? No te extrañe, entonces, que se enfaden cuando tu moto está pegada a ese muro y se tropiezan con ella.

La moto, como se suele decir cuando hablamos de movilidad moderna, es parte de la solución, no el problema. En ese sentido debemos trabajar todos y colaborar para que los no usuarios de moto se den cuenta de que esto es así. Y una parte importante de esta solución es emplear la moto (y aparcarla) de la forma más correcta posible, de manera que no molestemos ni generemos problemas donde no los había. Es en Madrid donde se ha iniciado ahora este debate y ha sido por la nueva normativa que establece, entre otras cosas, cómo aparcar la moto. Veamos cómo se debe hacer a partir de ahora.

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Madrid

Madrid, y eso es de celebrar en cierta forma, ha reconocido las ventajas de la moto dentro de la circulación. La nueva normativa anticontaminación es menos restrictiva con la moto que con los coches y, además, las nuevas normas sobre aparcamiento hablan de la necesidad de reservar más plazas de aparcamiento para motos, de forma que se priorice el uso de éstas sobre el coche. Pero nos sabe a poco. La nueva normativa, por otra parte, sigue limitando el uso de la moto de forma, a veces, poco lógica o coherente. Si contamina poco y ocupa poco, ¿por qué dar hora de entrada y salida de la zona central o por qué no permitir aparcar en la Gran Vía, cuando hay espacio de sobra? Todo se andará, pero por ahora, que no nos tachen de irrespetuosos o poco cívicos. Aprendamos a aparcar tal y como nos dicen las normas.

1º) Orden de preferencia.

Lo primero que tienes que saber es que hay un orden de preferencia a la hora de aparcar. No se ha prohibido, de forma tajante, aparcar en las aceras ni nada parecido. Se ha prohibido, lógicamente, hacerlo en algunas ocasiones. De todas maneras, podrás seguir haciéndolo bajo ciertas circunstancias. Lo primero es intentar aparcar en las zonas de aparcamiento para motos. Estas son las que ya había más las nuevas zonas de la calzada reservadas a las motos -después veremos cuáles son-. Si no es posible, en la calzada, en la zona de aparcamiento normal (para coches), es decir, las que están marcadas con líneas verdes, azules o blancas fuera de la zona SER. Si ahí tampoco puedes, entonces en la acera, aunque con restricciones.

2º) Zonas reservadas para motos.

Son los aparcamientos específicos de motos que ya existen y que el ayuntamiento se comprometió a aumentar. Además, se añaden las zonas próximas a los pasos de cebra y cruces, en una iniciativa que propuso ANESDOR. Así, los 15 metros anteriores a un paso de cebra, los cinco posteriores a ese paso de cebra (siempre en el sentido de la marcha) y los 15 metros anteriores a los cruces se reservarán para el aparcamiento de motos. Esto permite ampliar las zonas de aparcamiento de moto, así como mejora la visibilidad de los peatones sobre el tráfico en esos pasos de cebra, lo que redunda también en una mejora de la seguridad para ellos.

3º) En la calzada.

Si no tienes sitio para aparcar en esas zonas de aparcamiento, deberás intentar aparcar en la calzada. La buena noticia es que en las zonas SER las motos no pagan, a pesar de que la dejes en la zona delimitada en verde o azul. Tendrás que dejarla de forma oblicua a la acera y no ocupar más de dos metros de ancho y, por supuesto, sin que sobresalga y entorpezca el tráfico.

4º) El la acera.

Es la última de tus opciones. La acera tiene que tener, al menos, tres metros de ancho. Si tiene menos de seis, en paralelo a la calzada, pegada a ésta. Si la acera tiene más de seis metros de ancho, en semibatería (oblicua a la calzada), siempre que dejes más de tres metros para los peatones. No puedes atarla con candados al mobiliario urbano de ningún tipo y no puedes dejarla estorbando sobre las tapas de registro en el suelo. Tampoco en las zonas para invidentes de los pasos de cebra. Esas zonas que llaman «tacto visuales», con el suelo especial para ello. También debes asegurarte de no entorpecer accesos a paradas de bus o taxis, debes dejar al menos dos metros a los pasos de cebra y, por supuesto, cuidado con las zonas peatonales o de especial protección a peatones (como la Gran Vía). Ahí está prohibido aparcar. Para hacerlo en las aceras, donde está permitido, es obligatorio hacerlo con el motor parado y solo emplear la fuerza del motor para superar el desnivel entre calzada y acera, con precaución para dar siempre la prioridad al peatón.

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¿Qué ocurre en otras grandes ciudades?

Dice el refrán que «cuando las barbas de tu vecino veas pelar€». Lo cierto es que casi todas las grandes ciudades de España emplean una normativa similar a la que ahora se implementa en Madrid en lo que al aparcamiento de motos se refiere. Suele ser diferente el tema de aparcar en la acera y algunos otros matices, al igual que las nuevas zonas de reserva en pasos de cebra e intersecciones, aunque seguramente se acabarán imponiendo, por su lógica. Hoy día, así están las cosas.

1º) Barcelona.

Cerca de trescientas mil motocicletas (motos y ciclomotores) hay en una ciudad que, junto a Roma, cuenta con el parque de dos ruedas más grande de Europa. Es un hecho que, además, siempre ha sido así. Es, por tanto, la ciudad con más «cultura motorista» de España, donde durante más años han convivido motos y coches entre ellos y con los peatones u otros usuarios. Y, por tanto, muchas veces han sido líderes en medidas enfocadas sobre la moto.

El problema del aparcamiento de motos en Barcelona ha llegado a ser muy relevante. A principios de 2018 hubo una campaña de «fin de la tolerancia» y se advirtió que las motos mal aparcadas serían retiradas por la grúa. Pero la realidad es que con casi 300.000 motos y solo 70.000 plazas de aparcamiento, la solución se antoja complicada. En cualquier caso, el tema es similar a Madrid. Se debe aparcar en las zonas reservadas a las motos y solo si no puedes aparcar ahí podrás hacerlo en la acera. Pero para ello, dicha acera debe tener más de tres metros de ancho, aparcar en línea en paralelo a la calzada y en oblicuo si tiene más de seis metros de ancho y dejas tres para los peatones. Lógicamente, también debes dejar espacio (2 metros) en las paradas y pasos de cebra. También Barcelona prohíbe el motor en marcha sobre la acera.

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2º) San Sebastián.

San Sebastián ha sido, desde los años 90, una de las ciudades con más crecimiento en el número de motos de España. El propio ayuntamiento ha fomentado este uso; las ventajas de la moto en la ciudad son obvias y ha sido una apuesta inteligente por parte de la ciudad. Pero lo cierto es que este fomento se ha «despistado» en cuanto a ofrecer zonas para aparcar esas motos. Ahora, con más de 26.000 motos en la ciudad (143 por cada 1.000 habitantes, una de las ciudades con mayor densidad), ha comenzado a haber problemas para aparcar, lo que ha llevado, ahora hace poco más de un año, a debatir si ampliar las zonas de aparcamiento reservadas a costa de las de los coches o «desincentivar» el uso de la moto, cobrando una tasa barata por aparcar en las zonas llamadas OTA (de pago en la calle).

3º ) Valencia.

Valencia es otra de esas ciudades con gran cultura de moto. El uso de las aceras para aparcar la moto se reguló ya en 2010 y se hizo de forma muy similar a lo que ahora plantea el Ayuntamiento de Madrid. Aún así, sigue siendo una ciudad que se mueve en moto y que intenta solucionar estos problemas. Se han ampliado últimamente las zonas de aparcamiento de moto y en casi todas las calles se han reservado zonas, al principio y al final de cada calle, marcándolas con pintura blanca.

Hay un orden de preferencia, igual que en Madrid o Barcelona, especificando que se debe aparcar en las zonas reservadas. Si no fuera posible, entonces en la calzada, en las zonas para coches, de forma oblicua, pero en este caso con solo 1,3 m de anchura. Si tampoco tienes sitio, podrás aparcar en las aceras, siempre que no sean zonas protegidas, áreas de carga y descarga o tengan más de tres metros de ancho. En este caso se hará en paralelo y lo más próximo al bordillo, si la acera tiene menos de 6 m y siempre a más de 2 m de los límites de un paso de peatones o de una parada de transporte público. Si tiene más de seis metros, en oblicuo. También puedes en zonas señalizadas entre los alcorques, sin anclar el vehículo a los árboles o el mobiliario urbano, cosa que queda siempre prohibida.

4º) Málaga.

En Málaga, la ordenanza se plantea de forma bastante restrictiva. Prohibe «todo» menos aparcar en las zonas reservadas a las motos, aunque se expresan excepciones que dejan la cuestión de forma similar a otras ciudades españolas. Así , cuando no se puede aparcar en sitios específicos para moto, podrás aparcar lo más perpendicularmente posible a la acera, sin ocupar nunca el carril de circulación. Dice la ordenanza que espacios reservados a las motos sí podrán colocarse en aceras o paseos transitables cuando ésta tenga más de 5 metros de ancho.

Tiene que cumplir estas condiciones. Primero, que se haga en semibatería, a una distancia mínima de 0,80 metros del bordillo cuando exista zona de estacionamiento en la calzada. Después, que se haga en semibatería, lo más próximo posible al bordillo de la acera, cuando no exista zona de estacionamiento en la calzada. Y, por último, a más de 2 metros de los límites de un paso de peatones o una parada de transporte público. Ahora bien, está prohibido aparcar motos en las zonas de estacionamiento regulado y, como siempre, está prohibido atarlas entre sí o a elementos del mobiliario urbano. Para subir a la acera, con precaución se permite hacerlo con el motor en marcha.

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La opinión de ANESDOR

ANESDOR (Asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas) lógicamente tiene su posición sobre estas nuevas medidas de aparcamiento en Madrid. José María Riaño, secretario general de esta asociación ha hecho las siguientes declaraciones sobre este asunto.

Desde ANESDOR, apoyamos la puesta en marcha de medidas que regulen la movilidad en las grandes ciudades, como la recién publicada Ordenanza de Movilidad Sostenible de la ciudad de Madrid, que entendemos tiene como objetivo mejorar la convivencia y seguridad entre los distintos usuarios de la vía y reducir las emisiones contaminantes procedentes del tráfico«.

En ese sentido, comprendemos y consideramos necesario que se apliquen ciertas medidas para garantizar la salud pública como, por ejemplo, en el caso de episodios de alta contaminación en las ciudades«.

-«Por otro lado, desde ANESDOR celebramos que, en algunos aspectos de esta norma, se hayan reconocido las ventajas de la moto en la movilidad. Como, por ejemplo, en la posibilidad de acceder al área de Madrid Central con distintivo ambiental B y C en horario de 7 a 22h y sin restricciones a aquellos vehículos de dos ruedas con distintivo CERO y ECO».

En cuanto al aparcamiento, desde la entidad también aplaudimos que motocicletas, ciclomotores y triciclos asimilables sigan excluidos de la zona de Estacionamiento Regulado (SER)«.

Además, consideramos muy positivo que se aumenten las reservas de plazas para moto, tal y como se ha contemplado en la norma, con el criterio propuesto por ANESDOR de destinar las plazas más próximas a los pasos de peatones a aparcamientos para motos. Una medida que mejora la visibilidad y seguridad no solo de motoristas, sino de peatones y ciclistas, y permite generalizar este criterio de manera estructural por toda la ciudad. No obstante, estaremos pendientes de que esta propuesta se ejecute con suficiente rapidez«.

Por otro lado, celebramos que en el protocolo anticontaminación se reconozca el menor impacto medioambiental de la moto ya que, al estar exenta de las restricciones de aparcamiento en la zona SER, contará con una mayor facilidad de uso que los vehículos de cuatro ruedas cuando se declare el protocolo, especialmente en los escenarios 2 y 3«.

En resumen, desde ANESDOR pedimos a las administraciones que tengan en cuenta las ventajas que supone la moto en la movilidad urbana en términos de emisiones para aplicar las restricciones pertinentes en los episodios de alta contaminación de las ciudades y, en general, las medidas de circulación y estacionamiento que regulen las ordenanzas de movilidad. En cualquier caso, todavía queda mucho por hacer, pero prevemos continuar trabajando con el consistorio madrileño con la interlocución fluida y constructiva que mantenemos habitualmente en relación con la movilidad urbana«.

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