El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la ZBE de Madrid y las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica, ¿se eliminan ya las restricciones al tráfico?

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la ZBE de Madrid y las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica, ¿se eliminan ya las restricciones al tráfico?
Cristina Muñoz
Cristina Muñoz
La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anula las ZBE de Madrid todavía no es firme, por lo que seguirán multando los accesos no autorizados.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anula aquellas partes de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid por las que se definen el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo el municipio, y las que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) de Distrito Centro y Plaza Elíptica.

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Sin embargo, el fallo judicial sobre la ZBE de Madrid no es firme por lo que el Ayuntamiento de la capital cuenta con 30 días de plazo para interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Por lo tanto, mientras la sentencia no sea firme, las prohibiciones -y las multas– seguirán como hasta ahora hasta que se pronuncie el Supremo.

El motivo por el que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula las ZBE

La sentencia no pone en cuestión la potestad de la administración municipal para adoptar las medidas que entienda necesarias para proteger la salud y el medio ambiente, pero considera que se da una “patente insuficiencia del informe de impacto económico”.

De esta forma, el fallo judicial «considera de singular importancia que se hubiera tenido en cuenta la situación de los colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, como son los autónomos, microempresas y pymes».

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Cuáles son las ZBE que hay en Madrid y sus restricciones al tráfico

Las restricciones al tráfico en Madrid han ido incrementándose con el paso de los años:

  • La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro se puso en marcha el 22 de septiembre de 2021. Mientras que la ZBEDEP Plaza Elíptica entró en vigor el 22 de diciembre de 2021. Estas dos ZBEDEP se establecieron porque en estos puntos los problemas de contaminación son más acusados.
  • Más adelante, el 1 de enero de 2022 se introdujo en Madrid la prohibición de que los vehículos sin etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT) accedieran o circularan por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la M-30.
  • A continuación, desde el 1 de enero de 2023, quedó también prohibido el acceso y circulación de los coches sin etiqueta por la propia M-30.
  • Y, a partir del 1 de enero de 2024, los vehículos sin distintivo medioambiental tienen prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
  • El último paso se dará cuando, a partir del 1 de enero de 2025, se prohíba el acceso de los vehículos sin etiqueta incluso para los residentes de Madrid.

Cómo funcionan las ZBEDEP Distrito Centro y Plaza Elíptica

Como hemos indicado, en la ciudad de Madrid existen dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP):

distrito centro

1.- La ZBEDEP Distrito Centro (en la imagen de arriba) establece las siguientes restricciones al tráfico:

  • Se prohíbe el acceso a los vehículos sin etiqueta.
  • Los vehículos con distintivo ambiental B y C tienen prohibido acceder a esta Zona de Bajas Emisiones únicamente para atravesarla. Sí se les permite el acceso siempre que estacionen en un aparcamiento de uso público o privado.
  • Los vehículos con etiqueta ECO o CERO Emisiones pueden acceder libremente a Distrito Centro.
Plaza Elíptica

2.- La ZBEDEP Plaza Elíptica (en la imagen de arriba) prohíbe el acceso a los vehículos sin etiqueta de la DGT. Es decir, aquellos vehículos con etiqueta B, C, ECO o CERO Emisiones sí pueden entrar a esta ZBEDEP Plaza Elíptica.