Cuáles son las multas por saltarse el estado de alarma con la moto

yamaha125 1
Cuáles son las multas por saltarse el estado de alarma con la moto
Nicolás Merino
Nicolás Merino

En caso de no cumplir con las limitaciones de movimiento decretadas por el Gobierno las sanciones pueden ser de tres meses a un año de cárcel o multas de hasta 30.000 euros.


El estado de alarma decretado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez permitirá a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado multar en base a la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, la famosa ‘ley mordaza, y con el Código Penal a todos aquellos que hagan caso omiso de las limitaciones de movimiento.

Todos los efectivos policiales están ahora bajo el mando del Ministerio del Interior. Será Fernando Grande-Marlaska el encargado de dictar una orden para llevar a cabo las restricciones del real decreto de declaración de estado de alarma.

Como se recoge en el artículo 36 del Código Penal, aquellas infracciones graves se saldarán con una sanciones económicas de entre 601 y 30.000 euros. Se entienden por sanciones graves «la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación».

En el artículo 556 del mismo documento, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden aplicar penas de prisión comprendidas entre los tres meses y el año, así como de seis a 18 meses de multa a todos aquellos que se «resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad».

Por último, el artículo 550, que es el encargado de gestionar los delitos de atentados contra la autoridad, establece penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses para quienes produzcan «actos de atentado los cometidos contra funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo».

Hay excepciones

No obstante, se podrá seguir saliendo por motivos de estricta necesidad. Por ejemplo, para comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; también se permite ir a los centros sanitarios, acudir al lugar de trabajo o retornar al lugar de residencia habitual.

El desplazamiento también está permitido para realizar cuidados a personas mayores, menores o dependientes, para sacar dinero o para echar carburante a nuestro vehículo. El resto de acciones deberán estar debidamente justificadas.