El periodo de prueba de Madrid 360 ha terminado: ¿cuándo comienzan a multar?

Madrid Central
El periodo de prueba de Madrid 360 ha terminado: ¿cuándo comienzan a multar?
Nicolás Merino
Nicolás Merino
Las multas por un acceso no autorizado a la zona de bajas emisiones de especial protección (ZBEDEP) se saldan una sanción económica de 90 euros.

Tras un periodo de prueba de dos meses, la multas volverán al distrito centro de Madrid. Así, desde el próximo 11 de diciembre todos los accesos no autorizados se saldarán con una multa. Recordemos que los vehículos sin etiqueta son los únicos que no pueden acceder al centro de Madrid. La diferencia era que, ante un acceso no autorizado, el infractor era informado por carta en la que se indicaba el motivo de la infracción.

Ya no será así y todos los vehículos más contaminantes serán multados si acceden a la ZBEDEP Distrito Centro. Ojo, porque sigue habiendo excepciones. Los comerciantes de la zona, cerca de 15.000 según señalan fuentes del Ayuntamiento de Madrid, podrán acceder a dicha zona con un máximo de tres vehículos por local, independientemente de si éste cuenta con distintivo.

Por su parte, los empadronados, servicios esenciales y de transporte para personas con movilidad reducida también tienen garantizado el acceso. Además, los vehículos de mercancías con etiqueta B y más de 3,5 toneladas de peso, seguirán pudiendo entrar hasta el 31 de diciembre de 2022; y el tiempo máximo para carga y descarga en las zonas delimitadas para ello pasa de 30 a 45 minutos.

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En el caso de los vehículos que cuenten con el distintivo B o C, podrán entrar a la ZBEDEP siempre cuando acudan a un parking público, un garaje privado o una reserva de estacionamiento no dotacional. Si se da el caso de que se ha recibido una invitación de un residente del distrito centro de Madrid, entonces no es necesario acudir a un parking.

En el caso de las motos, aquellas con distintivo ECO y CERO no tienen limitaciones. Sin embargo, aquellas con la etiqueta C y B podrán acceder de 07:00 a 22:00 horas. También deberán aparcar en un espacio reservado o, en su defecto, en zonas para coches, dejando la moto en diagonal a la línea de la acera y ocupando un máximo de dos metros. Ojo, la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible explica, en su artículo 48, que, excepcionalmente, cuando no sea posible aparcar en la banda de estacionamiento podrán hacerlo sobre aceras si se cumplen todos estos requisitos:

  • Se trate de calles que no hayan sido declaradas peatonales ni de especial protección para el peatón.
  • No exista banda de estacionamiento.
  • No exista señalización específica que lo prohíba.
  • Se respete, en todo caso, un ancho libre de paso de tres metros. Cuando exista acera-bici el ancho de acera libre de paso se contará desde el límite interior de la acera-bici a la fachada.
  • Se respete, en todo caso, una distancia mínima de dos metros a los pavimentos tacto-visuales colocados en vados peatonales y encaminamientos, incluyendo los vinculados a paradas de transporte público.
  • El estacionamiento se realice en una única línea situada a 80 cm del bordillo, para garantizar la posible salida en condiciones de seguridad y comodidad de los ocupantes de un vehículo situado en la banda de estacionamiento, con la siguiente disposición: paralelamente al bordillo en aceras de menos de seis metros de ancho; y en semibatería.

En cuanto a las multas, los accesos no autorizados a la ZBEDEP se saldarán con una sanción económica de 90 euros, 45 euros si se opta por pagar antes de 20 días.

Y qué pasa con la ZBEDEP de Plaza Elíptica

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La entrada en vigor de esta zona de bajas emisiones se efectuará el próximo 22 de diciembre y, al igual que la ZBEDEP Distrito Centro, tendrá un periodo de prueba de dos meses. De este modo, se comenzará a multar los accesos no autorizados a partir de febrero de 2022. El perímetro está delimitado por la A-42 entre la Avenida de los Poblados y la M-30. Las restricciones (y sus excepciones) son las mismas que se aplican en el distrito centro de la capital.