¿Puedo entrar con mi moto a Madrid a partir de enero de 2025?
No sé si serás de los pocos que se sabe de memoria todas los requisitos, niveles, limitaciones y horarios de las complejas normas anticontaminación de Madrid, pero aunque así sea convendrás conmigo en que es cualquier cosa menos sencillo o fácil saber cuándo y con qué vehículos puedes entrar en Madrid y cuándo no.
Y menos cuando estamos hablando de justo los límites de la ley: está claro que con una moto eléctrica ruedas por donde te da la gana, cuando te dé la gana… siempre que la autonomía te lo permita.
Todo sobre permisos y normativas
Bien, pues aunque lo tuvieras claro, las cosas vuelven a cambiar en 2025. Para empezar, dejará de ser un problema sólo para los habitantes de las grandes ciudades, puesto que con la ley en la mano las de más de 50.000 habitantes deben poner en marcha sus ZBE (Zonas de Bajas Emisiones), y regular su acceso en función de la contaminación y del vehículo que se trate: ahora tendrás que saberte las de Madrid y las de las ciudades por las que debas pasar.
Cambio de la norma
Además, las normas en Madrid cambian: según sus ordenanzas, la norma general indica que en 2025 queda prohibida la circulación de coches, motos, ciclomotores y furgonetas «con clasificación ambiental «A».
No busques cuál es la etiqueta «A» porque no existe y esa clasificación ambiental es lo que el resto de mortales decimos «sin etiqueta». Lógicamente esto implica mayores restricciones también en las llamadas ZBEDEP (Zona de Bajas Emisiones De Especial Protección), de las que en Madrid hay dos: Plaza Elíptica y Centro.
Por supuesto, una vez más hay excepciones: vehículos de personas de movilidad reducida, emergencias y Fuerzas Armadas. Las motos de combustión, siempre con etiqueta B (Euro 2) o etiqueta C (Euro 3 hacia acá) hasta ahora podían entrar en las ZBEDEP en un horario determinado (de 7 a 22 horas), o fuera de ese horario si aparcas en un parking o garaje. Una de las diferencias es que hasta ahora podías entrar en una moto sin etiqueta si eras residente en esa zona, pero desde enero de 2025 ya no podrán hacerlo.
Ampliación de la ZBE
Otros cambios que nos trae el año es la ampliación de la ZBE, antes limitada al interior de la M-30: ahora se considerará ZBE a todo el término municipal de Madrid, algo que afectará a otros conductores, puesto que para las motos las cosas no cambian a pesar de esta ampliación territorial.
También debes saber que por ahora se abre un periodo de información y hasta junio tampoco se multará a los turismos que entren en esa nueva zona exterior a la M-30, pero sí las que están dentro de la M-30, cuyo periodo de aviso, ahora abierto, finaliza el 14 de enero de 2025.
Todo esto se complica además con la situación por la que pasa la normativa. Hace unos meses el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tumbó las ZBE «por no tener en cuenta el impacto económico sobre personas vulnerables» y, a pesar de que se recurrió esta sentencia (y es seguro que no va a desaparecer toda esta normativa), no hay todavía una decisión firme sobre cómo acabará ese asunto.
Por otro lado también la nueva normativa sobre vehículos históricos complica la situación. Las motos clasificadas ya en Tráfico como históricas, por ahora, sí pueden entrar en las ZBE y son excepciones contempladas por la norma.
Ahora bien estas motos, como se indica en este nuevo reglamento. tienen limitado su uso genérico a 96 días al año y lógicamente es algo que las cámaras de vigilancia de Madrid pueden controlar. Este hecho hace que se evite precisamente la picaresca de solicitar la matriculación histórica de motos antiguas con el objeto de conseguir un medio de transporte diario dentro de la ciudad.