Hasta que te comuniquen la baja por correo certificado

El TS obliga a las aseguradoras a pagar por accidente pese al impago de la póliza

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El TS obliga a las aseguradoras a pagar por accidente pese al impago de la póliza
Adrián Sanchez-Rojo
Adrián Sanchez-Rojo
La sentencia del Tribunal Supremo ha establecido que deben hacerse cargo de las indemnizaciones por accidentes de circulación en las pólizas obligatorias aunque el cliente hubiera dejado de pagar las cuotas correspondientes.


¿Has tenido un accidente con tu moto y la aseguradora contraria no te ha indemnizado por impago de póliza de su cliente? Ahora, y gracias a la sentencia del Tribunal Supremo, ese tipo de actividades será ilegal. La decisión fue tomada de forma unánime por el Pleno de la Sala de lo Civil. Su principal interés, según apuntan en el fallo, es proteger los intereses de terceros implicados en ese tipo de siniestros, al estimar que no deberían verse perjudicados por los problemas entre el tomador del seguro y la compañía que se lo dio.

La sentencia afirma que para resolver la póliza del seguro obligatorio no basta con acreditar la culpa del tomador en caso de impago de la prima. Según se indica en la sentencia, la falta de pago de la primera prima antes de que ocurriera el siniestro ´no libera al asegurador de su obligación de indemnizar´. Por este motivo, frente a terceros, es necesario acreditar ´la comunicación de recepción dirigida al tomador del seguro declarando resuelto y sin efecto alguno el contrato´.

De esta forma, no valdrá con que la compañía realice un aviso ordinario. El Supremo establece claramente que tendrá que ser un correo certificado con acuse de recibo, o bien cualquier otro método similar siempre que esté «admitido en derecho». «Solo así se entenderá -añade el tribunal- que el contrato ha sido declarado resuelto y sin efecto alguno».