El 1 de septiembre entró en vigor la normativa que se aprobó en diciembre del año pasado por la que el mínimo de edad para la obtención del permiso de ciclomotor o AM pasa de 14 a 15 años. Aprovechamos para contarte cómo quedan el resto de carnés, incluido el recién llegado A2.

Carné A2 moto y permiso de ciclomotor: despeja tus dudas

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Carné A2 moto y permiso de ciclomotor: despeja tus dudas
Fórmula Moto
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El pasado 8 de diciembre de 2009 entró en vigor el nuevo Reglamento General de Conductores que incluía novedades importantes en la obtención de los permisos. Una de ellas era el cambio de la edad mínima para conducir ciclomotores que el día 1 de septiembre entró en vigor. Ahora deberás tener cumplidos los 15 años de edad para obtenerlo y un mínimo de 18 para llevar pasajero. No obstante, siempre surgen más dudas e incluso las autoescuelas no disponen de toda la información. Aquí te resumimos muchos de los puntos que deberás tener en cuenta antes de prepararte para la obtención del permiso y por supuesto qué tipo de motocicletas, scooter o cuadriciclo podrás conducir. Si aún tienes más preguntas lo mejor es contactar con la Jefatura Provincial de Tráfico que te corresponda y exponer tu caso en concreto, porque es posible que te pierdas entre tanto dato.

  LAS PREGUNTAS MÁS FRECUENTES¿Puedo sacarme el permiso de ciclomotor si tengo 14 años?

No, a partir del día 1 de septiembre de 2010 entró en vigor la nueva normativa. La edad mínima pasa de los 14 a los 15 años.

¿Se puede llevar pasajero con el permiso AM?

Sí, pero debes tener un mínimo de 18 años de edad.

Poseo el permiso B desde hace dos años, ¿puedo conducir un scooter de 125 cc?

No. Hasta que no cumplas un mínimo de tres años, no podrás acceder a la convalidación del permiso A1.

Con el permiso B en posesión, ¿qué pruebas debo hacer para obtener el A2?

Deberás realizar todas las pruebas excepto la teórica común. La posesión del B no implica tener el A1, sólo es una convalidación.

Si tengo el A2, ¿cuándo podré llevar motos de cualquier potencia y cilindrada?

Al menos debes tener una experiencia de dos años con el A2, pasar un examen psicotécnico y un curso de formación obligatorio.

Hace más de dos años que tengo el A1 y quiero sacarme el A2 ¿debo hacer examen teórico y práctico?

En este caso, sólo deberás hacer la prueba de circulación.

¿Qué ocurre si tengo el A2 y no hago el psicotécnico y el curso para obtener el A pasados los dos años?

Entonces mantendrás el A2.

¿Puedo conducir cualquier tipo de scooter con el A2?

Sí, casi todos los modelos que se comercializan en España cumplen los requisitos. Tan sólo el Gilera GP800 y el Suzuki Burgman 650 se pasan por potencia, aunque son candidatos a la limitación porque pesan más de 175 kg y no superan los 95,2 CV.

¿Puedo conducir una motocicleta de 1.000 cc con el A2?

Sí, siempre y cuando no supere los 35 kw, 0,2 kw/kg  y no derive de una con más de 70 Kw. Es decir, podrás elegir una de 1.000 cc con 47,6 CV, con un peso mínimo de 175 kg que no derive, por ejemplo, de una con 100 CV de potencia.

¿Puedo elegir la fecha en la que me quiero examinar?

No, ahora la DGT es la que determina la fecha, no se puede elegir.

¿Cuánto tiempo tengo para presentarme a la siguiente oportunidad si suspendo la prueba de maniobras o circulación?

Tienes un máximo de seis meses desde que te presentaste la primera vez, si no, tu expediente se anulará.

Quiero opositar para Policía Local y estoy hecho un lío porque cada uno me dice una cosa. ¿Qué carné es el más alto de las motos para sacarme el de mayor cilindrada y olvidarme?

Deberás pasar primero por el A2 y, tras un mínimo de 2 años, realizar las pruebas requeridas para la obtención del A, que permite conducir motocicletas sin limitación.

¿Con qué tipo de motocicletas me examinaré si voy a través de una autoescuela?

Las autoescuelas pueden mantener durante diez años las motocicletas que tienen en la actualidad. En caso de cambiarlas, deberán tener hasta 35 kw pero un mínimo de 400 cc.

Tengo el carné de conducir de un país europeo con más de 20 años, válido también para motos (en aquellos años cuando aprobabas el B también te valía como A). ¿Puedo conducir motos en España sin limitaciones?

Si dispones del permiso A de un país europeo, perfectamente puedes conducir motocicletas de cualquier cilindrada en nuestro país. Ya no tienes obligación de canjearlo si tu «residencia habitual» se encuentra en un Estado miembro distinto del que ha expedido el permiso de conducción, aunque puedes hacerlo si así lo deseas.

Tasas de Tráfico y autoescuelas

Exámenes dentro y fuera de la capital (vehículos a motor): 85,85 –

Exámenes dentro y fuera de la capital (ciclomotor): 40,40 –

Matrícula (precio aproximado): 150 –

Clases prácticas maniobra (precio aproximado): 30 –

Clases prácticas circulación (precio aproximado): 48 –

Requisitos previos para obtener el carné por tu cuenta

Para obtener un permiso de conducción es necesario ser declarado apto en las pruebas teóricas, de destreza o de circulación, que correspondan para cada caso, por la Jefatura Provincial de Tráfico. Ir de la mano de la autoescuela te facilitará los trámites, aunque será más caro y deberás buscarte una motocicleta para las pruebas prácticas. Si quieres presentarte por tu cuenta necesitarás los siguientes documentos (que podrás solicitar en la Jefatura Provincial de Tráfico) y trámites básicos:

1º. SOLICITUD: impreso oficial disponible en las Jefaturas de Tráfico en el que se incluye la declaración de que no se está privado, por resolución judicial, del derecho a conducir y de que no se posee otro permiso de la UE o del EEE de igual clase que el solicitado o que haya sido restringido, suspendido o anulado.

2º. TASA: 85,85 e (por cada permiso que solicitemos).

3º. ACREDITACIÓN DE IDENTIDAD Y RESIDENCIA:

– DNI o PASAPORTE: original en vigor.

– AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA o DOCUMENTO DE IDENTIDAD de tu país o PASAPORTE, junto con el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CENTRAL DE EXTRANJEROS para extranjeros comunitarios: original en vigor.

– AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA para extranjeros no comunitarios: original en vigor.

4º. INFORME psicotécnico expedido por un CENTRO DE RECONOCIMIENTO PARA CONDUCTORES de la jefatura de la provincia donde se dirija la solicitud.

5º. FOTOGRAFÍA: una original de 32 x 26 mm en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.

6º. TALÓN FOTO: cumplimentado y firmado en el recuadro correspondiente.

Carné B: 125 cc y triciclos

Si tienes el carné B -el de coche- con un mínimo de tres años de antigüedad, se pueden conducir motos y scooters de 125 cc y un máximo de 15 CV de potencia. Además, también puedes llevar triciclos como el Piaggio MP3 400 LT o el Can- Am Spyder.

Más plazos para renovar el carné

El nuevo Reglamento de Conductores incluye nuevas edades para la renovación, así los mayores de 45 años y aquellos con edad superior a 70 dispondrán ahora del doble del tiempo para renovar su permiso de conducir. Con esta medida se pretende armonizar los plazos de renovación de todos los permisos de conducir de la Unión Europea y adaptarlos a los plazos comunitarios.

La Directiva 2006/126/CE establece que todos los permisos para conducir motocicletas y turismos que expidan los Estados miembros a partir del 19 de enero de 2013, tendrán que tener una validez máxima de 10 años. Con posterioridad, sus titulares tienen la obligación de renovarlos periódicamente acreditando haber superado satisfactoriamente un reconocimiento médico.

Hasta ahora, en ninguno de los países de la UE -salvo en España, Italia, Luxemburgo, y Portugal desde julio de 2007- los conductores de turismos tenían obligación de revisar sus carnés (ni pasaban reconocimientos médicos) hasta que no alcanzaban la edad de setenta años.

                                CLASES DE PERMISOS Y VEHÍCULOS

PERMISO EDAD MÍNIMA AUTORIZA A CONDUCIR PRUEBA TEÓRICA
 
PRUEBA MANIOBRA
 
PRUEBA CIRCULACIÓN
Ciclomotor o AM 15 años. Mínimo 18 años para llevar pasajero. Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Podrá estar limitado en determinados casos a ciclomotores de tres ruedas o cuadriciclos ligeros. Sí, específica No
A1

(Implica la obtención del AM)

16 años Vehículos para personas con movilidad reducida. Motocicletas con cilindrada máxima de 125 cc, potencia máxima de 11 kw y relación potencia/masa máxima de 0,1 kw/kg. Sí, común y específica
A2

(Implica la obtención del A1)

18 años Motocicletas con una potencia máxima de 35 kw y relación potencia/masa máxima de 0,2 kw/kg. Sí, común y específica. Común, exento si se tiene el B. Específica, exento si se tiene el A1. Sí.

No si se tienen más de 2 años de A1.

A

(Sólo accesible tras dos años con el A2)

20 años Todo tipo de motocicletas Psicotécnico y curso de formación. No, 2 años con el A2. No, 2 años con el A2.
Desde el

B

para acceder al A1 y A2

18 años.

Hasta los 21 años no autoriza a conducir vehículos de tres ruedas y cuadriciclos de más de 15 kw de potencia.

Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros. A los 3 años, convalidación permiso A1. Automóviles, vehículos para personas con movilidad reducida, vehículos especiales agrícolas y no agrícolas. Para acceder al A2 estará exento de la prueba teórica común. Sí, para acceder al A1 y A2. Sí, para acceder al A1 y A2.