A finales de mayo entró en vigor la nueva normativa sancionadora de Tráfico y eso significa que llegan nuevas multas, otras aumentan de precio y cambian los plazos para poder recurrirlas. Dice la DGT que la nueva Ley no tiene afán recaudatorio, pero cada año se ponen- quince millones de sanciones.

Así multará la DGT ahora (I)

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Así multará la DGT ahora (I)
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Esta es la reforma más radical sobre sanciones de Tráfico realizada en España hasta la fecha y, como era de esperar, existen opiniones a favor y en contra. Por ejemplo, las empresas recurremultas y los clubs de conductores consideran que esta nueva ley tiene carácter recaudatorio: se instalarán nuevos radares -los denominados de tramo-, Hacienda contará ahora con autoridad para cobrar las multas por vía ejecutiva -tendrá hasta cuatro años para poder cobrarlas-, y se ‘animará’ a los conductores a pagar rápido las sanciones, sin recurrirlas, ofreciendo una rebaja del 50% si las abonan en 20 días… si bien los puntos se perderán en el acto. En cambio, la DGT cree que, con esta nueva ley, se simplifica el proceso para recurrir las multas, lo que se traduce en un beneficio para los conductores y para la administración (?). En la siguiente serie de artículos te mostramos las novedades que más debes tener en cuenta a partir de ahora.
 

Las nuevas multas

La nueva Ley de Tráfico, entre otras cosas, acorta los plazos para recurrir las sanciones, incrementa el precio de las mismas, no podrás pasar la ITV si no tienes el seguro al día, y se legaliza el uso de los detectores de radar -hasta ahora ilegales-, nada que ver con los inhibidores, que sí está especialmente penado. Según la gravedad de las mismas podrían verse incrementadas hasta en un 30 %.

LEVES

100 -. No hay pérdida de puntos. Por ejemplo, circular en bicicleta y no llevar una prenda reflectante.

GRAVES

200 -. Pérdida entre 2 y 4 puntos. Por ejemplo, no utilizar casco, no respetar los límites de velocidad establecidos, llevar pasajeros menores de doce años, obstaculizar la lectura de la matrícula…

MUY GRAVES

500 -. Pérdida de hasta 6 puntos. Por ejemplo, superar la tasa de alcoholemia, conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario…

 
Antirradares, ahora legales

Existen tres tipos de captador de radares en el mercado:
-Avisadores de radar por GPS -ya eran legales antes de aplicarse esta nueva ley-.
-Localizadores de radar, no permitidos hasta ahora e incluso muy perseguidos, p.e. en el País Vasco
-Inhibidores de radar que interfieren en los radares de la DGT. Llevar uno instalado será sancionado con 6.000 – y 6 puntos. Las tiendas que los vendan serán multadas con 20.000 – y los talleres que los instalen con entre 3.000 y 30.000 -.