Euro 4: ¿qué requisitos supone en tu moto?

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Euro 4 en las motocicletas
Ramón López
Ramón López
Desde el 1 de enero de 2016 ha entrado en vigor una nueva normativa sobre emisiones contaminantes. Estos son los requisitos de la Euro 4.


La normativa R168/2013 introduce los requisitos que deben cumplir todas las motocicletas nuevas que se vendan en los países de la Unión Europea a partir de este año. Se introduce una moratoria para productos «fin de serie» o liquidación de stocks que finalizará el 1 de enero de 2017. Este mismo año 2017, la normativa también será obligatoria para los ciclomotores.

Estos requisitos hacen referencia fundamentalmente a emisiones de partículas y emisiones sonoras, pero también incluye aspectos de seguridad como la obligatoriedad de ABS en vehículos con cilindrada superior a 125 cc.

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En el apartado de emisiones contaminantes, reduce los valores límite de gases de escape. También se añade un control más restrictivo de las emisiones or evaporación de combustible. Esto obliga a la confección de depósitos más herméticos, para lo que es necesario diseñar sistema Shed con filtro de carbón activo y válvula de purgado de aire. Asimismo, se añade un testigo de aviso en la instrumentación que avisará en caso de provocar elevadas emisiones.

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Al hilo de lo presente en el mundo de los coches, las marcas de motocicletas estarán obligadas a publicar datos de consumo de combustible según la normativa WMTC.

euro 4 moto 1Su repercusión en el tema de las emisiones sonoras ha provocado una reducción de los valores límite entre 2 y 3 dB. Además, los valores homologados de emisiones sonoras se deberán identificar en la motocicleta al igual que se indica el número de chasis, por ejemplo.

La normativa incluye multitud de detalles técnicos. Como ejemplo, se obliga a utilizar un nuevo conector universal para el diagnóstico de a bordo de la motocicleta. Una vez aterrizados en la Euro 4, pronto comenzaremos a oír hablar de la Euro 5.