Las A y A2, todas en MOTOCATÁLOGO 20 Aniversario

Carnet de moto A1, A2, A y AM, ¿a qué edad puedo conducir y qué motos con cada uno?

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Carnet moto
Ramón López
Ramón López

Mientras que en la mayoría de los órdenes de nuestra vida relacionados con la edad de cada persona están muy claras las diferencias entre tener unos años u otros, en lo relativo al carnet de moto no se aplica un criterio único. Te analizamos los criterios a seguir y paradojas absurdas de la norma.


La edad es un aspecto fundamental que define la posibilidad de acometer muchas tareas en nuestra sociedad a lo largo de nuestra vida. Pongamos el ejemplo de la mayoría de edad, antaño establecida en España en 21 años (hasta 1978) y ahora en 18. Esta cifra nos marca el permiso de votar en elecciones o de sacarte el carnet de coche entre una infinidad de disposiciones que marcan las leyes. Por tanto, alcanzas los 18 años y ya tienes una base sobre la que tomar decisiones que solo puedes afrontar a partir de ese momento. Si volvemos al tema del carnet de coche, ya se te permite obtener el permiso de conducción para llevar cualquier tipo de automóvil.

Si nos atenemos a las motocicletas, esta división es mucho más sutil. No es única y depende de muchos factores. No solo la obtención del permiso de conducir una moto o scooter depende de tu edad (un escalonamiento introducido para incidir en la experiencia para reducir el riesgo de accidentes, algo que no ocurre con los coches), también de las especificaciones del vehículo, desde la cilindrada, su potencia máxima, su peso en relación a esa potencia máxima o si es una motocicleta de dos o tres ruedas, entre estas últimas también con condicionantes exclusivos.

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Así, de entrada, parece todo un pequeño laberinto, y lo es. Hagamos un escalado de edades para aclarar qué motos o scooters y cuáles no puedes llevar en función de la edad que tengas.

15 AÑOS: LICENCIA DE CICLOMOTOR AM

En la era dorada de los ciclomotores, cualquiera que hubiese cumplido los 14 años podía sacarse la licencia para llevar motos o scooters hasta 50 cc. Esto sirvió de aprendizaje inicial para la inmensa mayoría de las personas que posteriormente, a lo largo de su vida, siguieron utilizando vehículos de dos ruedas de mayores cilindradas y prestaciones. En 2009 cambió la norma y desde entonces hasta hoy solo puedes empezar a llevar un ciclomotor cuando has cumplido 15 años.

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Esta modificación significó en España la puntilla para los ciclomotores, ya que, como veremos, con tan solo un año más se permite el uso de modelos mucho más capaces, con lo que es comprensible la espera para ya obtener el siguiente carnet A1. La velocidad máxima de un ciclomotor queda limitada a 45 km/h.

Un último apunte relativo a edades para el carnet AM: si el conductor es menor de 18 años, puede llevar pasajero solo si este último ha cumplido los 12 años.

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16 AÑOS: CARNET A1

Los 16 años se consideran la edad mínima que permite comenzar a trabajar a cualquier persona. Coincide con el primer paso en el escalonamiento de aprendizaje para conducir motos o scooters por encima de los ciclomotores de 50 cc.

La norma dicta que puedes llevar motocicletas hasta 125 cc y no más de 15 CV (11 kW) de potencia máxima, así como motocicletas de tres ruedas con una potencia no superior a los 20,4 CV (15 kW).

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18 AÑOS: CARNET A2

Ya eres mayor de edad y quieres una moto o scooter con un rendimiento superior al que te ofrecen las alternativas válidas para el carnet A1. Puedes hacerlo, pero desde 2009 con restricciones.

Con el carnet A2 en el bolsillo, podrás conducir motos sin limitación de cilindrada, siempre que no superen los 47,6 CV (35 kW) de potencia máxima o que la relación entre su potencia y su peso no sea mayor de 0,2 kW/kg. De este modo, se impide la comercialización de motos deportivas que alcancen superiores prestaciones mediante una sustancial reducción de su peso.

El abanico de modelos aptos para el carnet A2 se amplía a versiones que de origen alcancen un máximo de 95 CV (70 kW), siempre que incorporen un kit de limitación para poder restringirse a los 47,6 CV reglamentarios.

Este carnet A2 deberás mantenerlo durante dos años. Por tanto, si te lo has sacado con 18 años, podrás acceder ya al siguiente escalón del carnet A con 20 años. Si lo has hecho con 40, solo podrás pasar a obtener el A cuando cumplas 42.

Una excepción para el carnet A2 hace referencia a los modelos de tres ruedas. Aunque tengas este carnet A2, las restricciones en su uso son las mismas que para los que tienen 16 años y se han sacado el carnet A1, es decir, solo podrás llevar modelos con una potencia máxima de 20,4 CV. Como veremos posteriormente, únicamente podrás llevar triciclos sin limitación de potencia cuando cumplas 21 años y tengas el carnet A o el de coche B convalidado (tres años desde su obtención).

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20 AÑOS: CARNET A Y TRICICLOS

Si te diste prisa en sacarte el carnet A2 con 18 años, con 20 ya podrás obtener el carnet A y tener acceso a cualquier moto o scooter que desees. ¿Sin ninguna restricción? Sí hay una: los triciclos.

La norma es un tanto difícil de comprender, pero no se permite conducir un triciclo de más de 20,4 CV si no tienes el carnet A y has cumplido 21 años. Es decir, puedes llevar una Ducati Streetfighter V4 de más de 200 CV si tienes 20 años y el carnet A, pero no un Piaggio MP3 500 de 44 CV.

La situación que dicta la norma es anómala hasta límites surrealistas. Una situación flagrante es la siguiente: Una persona que se sacó el carnet A2 en 2010, más de diez años más tarde, podría no haber considerado nunca dar el paso al carné A por cualquier motivo. A pesar de la ingente experiencia que ello significa, tras una década con el permiso para llevar motos de hasta 47,6 CV, no le está permitido montar en un scooter de tres ruedas como, por ejemplo, el Yamaha Tricity 300 con sus 28 CV (más de los 20,4 CV preceptivos), aunque su potencia sea muy inferior a ese límite de 47,6 CV que dicta el carnet A2. Sin embargo, sí podrá hacerlo cualquier conductor con tres años de experiencia con el carné de coche (por tanto, como mínimo con 21 años), que jamás haya montado en motocicleta. Paradójico e irritante.

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21 AÑOS: CARNET B Y TRICICLOS

Por fin llegamos a la edad en la que ya podemos decir definitivamente que podremos llevar cualquier motocicleta o scooter que queramos. Los 21 años establecen dos criterios básicos.

Por un lado, es la edad mínima con la que un usuario de coche puede llevar una moto o scooter de 125 cc de hasta 15 CV sin ninguna licencia adicional. Cualquiera puede hacerlo siempre que haya estado en posesión del carnet de coche B al menos durante tres años. Por otro, con esta premisa de tres años de carnet de coche se puede llevar cualquier triciclo, con independencia de su potencia máxima.

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Y como hemos visto, es condición imprescindible tener el carnet de moto A y 21 años para que un conductor que no tenga carnet de coche pueda llevar cualquier triciclo. Repetimos: para los usuarios del carnet A2, sea cual sea su edad, está prohibido el uso de triciclos que ofrezcan una potencia máxima de más de 20,4 CV

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Toda esta información queda resumida en el siguiente cuadro, donde añadimos las condiciones de examen que se requieren en cada caso.

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